Murcia dicta la primera condena de cárcel por pegar a una auxiliar de enfermería.
La protección judicial llega por primera vez a estos profesionales, considerados ahora autoridad pública.
El Juzgado de lo Penal número Cinco de Murcia ha condenado a un año de prisión y un mes de multa, con una cuota diaria de tres euros, a una paciente que agredió y causó lesiones a una auxiliar de enfermería durante la discusión que se produjo en un centro de salud. La sentencia condena a la denunciada por un delito de atentado y una falta de lesiones y le impone también el pago de una indemnización de 300 euros por los días que la auxiliar tardó en curar, otros 590 euros por el valor de las gafas que se le rompieron y mil euros por daño moral.
El director de Recursos Humanos del Servicio Murciano de Salud, Pablo Alarcón, destacó, tras conocer el fallo, “la importancia de esta sentencia, al reconocerse en ella como atentado contra un funcionario público la agresión a una auxiliar de Enfermería”. Alarcón considera que “esta sentencia es un escalón más en el reconocimiento por parte de los tribunales de las agresiones a profesionales sanitarios como constitutivas de un delito de atentado”. Este tipo de sentencias se habían dado hasta ahora relacionadas con agresiones a médicos y enfermeros, por lo que Sanidad lo considera un paso adelante.
La protección del profesional sanitario se ha reforzado en los últimos tiempos en la Región, en especial desde que hace poco más de un año falleciera a manos de un paciente en el centro de salud de Moratalla la doctora María Eugenia Martínez.
Gracias a un convenio entre la consejería de Sanidad y la Fiscalía, el Ministerio Público actúa de oficio cuando se produce una agresión física a un profesional del Servicio Murciano de Salud.
El artículo 550 del Código Penal considera como autores de un delito de atentado “los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas”.
Fuente: laopiniondemurcia.es